lunes, 30 de mayo de 2011

Solicitud de pensión no contributiva por invalidez


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Servicios Sociales - Solicitudes

Denominación: SOLICITUD DE PENSIÓN NO CONTRIBUTIVA POR INVALIDEZ

Descripción: Prestación económica periódica y mensual que se concede a aquellas personas que no tienen derecho reconocido a percibir Pensión Contributiva, siempre y cuando cumplan con unos requisitos establecidos.

Área: Servicios Sociales Municipales.

Plazo de presentación de instancias: abierto a lo largo del año.

Modelo de solicitud: específico.

Medios de contacto: 922 805 000

“¿Puedo solicitar esta Pensión?”
  1. La persona debe acudir a una entrevista con la trabajadora o el trabajador social, que estudiará la situación, valorando el cumplimiento de los requisitos necesarios para ser beneficiario de este tipo de pensión.
  2. En el caso de iniciar la solicitud, se informará y se recogerá la solicitud y la documentación requerida para la valoración* este tipo de prestación.
*La valoración y resolución de esta prestación corresponde a la D.G.S.S.

Requisitos:
  • Edad: tener 18 años o más, y menos de 65.
  • Poseer calificación de minusvalía igual o superior al 65 %.
  • Residencia: residir en territorio español y haberlo hecho durante un período de 5 años, de los cuales 2 han de ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.
Documentación:
Acudir a la entrevista con el trabajador o la trabajadora social con una documentación básica, que ayude a valorar la situación de necesidad social. La documentación básica sería:
  • Identificación de la persona solicitante y de los miembros que componen la unidad familiar de convivencia: D.N.I., libro de familia, etc.
  • Ingresos: nóminas, justificantes de prestaciones, etc.
  • Calificación de minusvalía.
  • Cualquier otra documentación que justifique la petición.
Si se cumpliera con los requisitos para acceder a dicha ayuda, la o el profesional requerirá la documentación específica necesaria para adjuntar al expediente de la solicitud.

Lugar de entrega: Centro Municipal de Servicios Sociales o directamente en la Dirección General de Servicios Sociales.

Entidad competente: la entidad competente en resolver este tipo de solicitudes es la Dirección General de Servicos Sociales de Canarias (Avda. Benito Pérez Armas, 4- Edf. Andrea. Santa Cruz de Tenerife. Tf: 922 47 44 44. Fax. 922 47 44 23/37).

Normativa reguladora:
Normativa relacionada:
Otros datos de Interés:

Si esta ayuda le es concedida, obtendrá el derecho de pensionista de la Seguridad Social con las mismas garantías y beneficios que los demás pensionistas. Podrá disfrutar de:
  • Prestación económica mensual.
  • Asistencia sanitaria de la Seguridad Social, médico farmacéutica gratuita tanto para la persona como para los familiares que convivan en su domicilio, en las condiciones establecidas reglamentariamente.
  •                                      
  • Tels. 93 354 13 33 / 93 276 92 77 - Fax. 93 354 13 33
    Horario: de Lunes a Viernes: mañanas de 8h a 13h, tardes de 16h a 19h (Viernes tarde cerrado) .



       Estamos en Barcelona, distrito de Nou Barris ( 08042), Paseo Verdun 55-          57, 1º 5ªy tambien con entrada por Paseo Valldaura 218-220, junto metro Linea 4 (Lluchmajor).

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