domingo, 8 de enero de 2012

INCAPACIDAD Y DISCAPACIDAD (antes minusvalía)

Dejo esta información de como pedir un certificado de discapacidad, no te dan una minusvalía por tener la enfermedad en sí, es decir, no es una enfermedad que siempre sea discpacitante, te la dan según tus síntomas, secuelas que te hayan quedado de algun brote, etc Hay gente que la tiene y hay otra que cuesta más, no a todos nos las darían.

Una cosa es pedir el certificado de minusvalía, mínimo tienes que tener un 33% y ya tienes ciertas ventajas como por ejemplo en transporte público, para oposiciones, para comprarte un coche, etc Y ya luego, creo que es que si tu % es mayor de 64 ya puedes pedir (no es seguro que porque tengas más de 64 ya te vayan a darlo) una pensión no contributiva que depende del tiempo que lleves trabajando, de las limitaciones que te de la enfermedad, etc

Espero os sirva de ayuda y como hay varios compañeros que sí lo han solicitado, podéis preguntar en el mismo y os contarás sus experiencias.

Montse
 

Certificado de discapacidad 

Introducción 
Cuando una persona tiene alguna limitación sensorial, psíquica o física, así como plurideficiencias (es decir, que tiene varias de estas discapacidades), lo más conveniente es acudir a la Consejería de Asuntos Sociales de su localidad o Ayuntamiento, y allí un trabajador social le informará sobre los pasos que debe seguir para que le realicen una revisión que certifique su grado de minusvalía. 

Este certificado puede serle útil a la hora de acceder a viviendas, al comprar un vehículo, buscar trabajo o incluso para estudiar, y acceder a becas o subvenciones creadas para personas con discapacidad. 

Hoy día tanto administraciones públicas como privadas se encuentran trabajando en la mejora de los derechos y oportunidades para personas con discapacidad, y la idea es que una persona que padezca alguno de los problemas mencionados, pase por un tribunal médico oficial, que certifice su discapacidad y el grado de ésta, ya que según ese grado la persona podrá o no trabajar, y tendrá derecho o no a una pensión como ayuda para poder realizar su vida diaria. 

El certificado de minusvalía es un documento oficial que puede ser expedido únicamente por la Administración Pública. En este certificado ha de figurar si la minusvalía es temporal o definitiva, y quedará reflejado en ese mismo documento si la persona que ha solicitado dicho certificado ha de pasar revisión o no, y cuándo. 

¿Quiénes certifican nuestra discapacidad? 
La persona que pasa el tribunal médico tendrá que entrevistarse con varios profesionales, y entre todos, dictarán un dictamen para decidir el grado de discapacidad: 

Un/a profesional médico. 
Un/a psicólogo/a. 
Asistente social. 

El trabajador social le indicará cuál es su centro base para realizar la revisión para el certificado de discapacidad, ya que cada Comunidad Autónoma rige sus propios centros. 

¿Para qué sirve el certificado de discapacidad? 
Una vez que tenemos el certificado de minusvalía, este nos puede otorgar ciertos derechos: 

Derecho a solicitar viviendas de protección pública especiales para personas con discapacidad. 
Derecho a solicitar ayudas para adaptar nuestra vivienda. 
Descuentos en transporte. 
Ayudas y subvenciones económicas varias. 
Programas y servicios especiales de salud. 
Ayudas para formación y empleo. 
Reducciones de impuestos (como en el caso de comprar un vehiculo: la persona con certificado de discapacidad está exenta de pagar el impuesto de nueva matriculación y de circulación). 
Solicitud de la tarjeta especial de aparcamiento (solo para personas con movilidad reducida). 



Información ampliada sobre beneficios 

PENSIONES NO CONTRIBUTIVAS. 
El Estado a través de la Seguridad Social garantiza a las personas comprendidas en su campo de aplicación, por realizar una actividad profesional contributiva o por cumplir los requisitos exigidos en la modalidad no contributiva, la protección adecuada frente a las contingencias y en las situaciones que se contemplan en la Ley General de la Seguridad Social. 

La Pensión no Contributiva de Invalidez asegura a todos los ciudadanos en situación de invalidez y en estado de necesidad una prestación económica, asistencia médico-farmacéutica gratuita y servicios sociales complementarios, aunque no se haya cotizado o se haya hecho de forma insuficiente para tener derecho a una Pensión Contributiva. 

Le podrán informar más ampliamente en la Seguridad Social. 

   
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ASISTENCIA SANITARIA 
En su nivel no contributivo, la Seguridad Social reconoce el derecho a la asistencia sanitaria a todos los perceptores de pensiones no contributivas y del subsidio por desempleo y a los familiares a su cargo, así como a las personas sin recursos económicos suficientes (quines carezcan de rentas e ingresos de cualquier naturaleza que sean superiores, en cómputo anual, al salario mínimo interprofesional). También se reconocerá el derecho, aunque superen dicho límite, si el cociente entre las rentas anuales y el número de menores y/o incapacitados a su cargo fuera igual o menor a la mitad del salario mínimo interprofesional. 

Descuentos en fármacos. 

DESCUENTOS EN TRANSPORTE. 
En la Comunidad de Madrid existen ayudas específicas para taxi (no se puede tener vehículo propio). Se puede solicitar información en la Seguridad Social. 

Tarjeta Dorada de Renfe. Informarse en Renfe. 

Bono Tet: Tarjeta especial de Transporte para personas de Madrid y que además no ingresen al menos más de 451 euros. Es un bono para EMT. 

Rebajas en la adquisición y/o adaptación de vehículos. Informarse en concesionarios sobre posibles descuentos en las distintas marcas para personas con discapacidad. 

Exención en el impuesto de primera matriculación y de circulación (informarse en la localidad donde se reside). 

Tarjeta especial de aparcamiento (reserva de plaza para personas con discapacidad) 

PRESTACIONES FAMILIARES POR HIJO A CARGO.
INCENTIVOS A LA CONTRATACIÓN DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD.
DEDUCCIÓN EN LA DECLARACIÓN DE LA RENTA. (Informarse en la Agencia Tributaria).
ACCESO A VIVIENDAS DE PROTECCIÓN OFICIAL.
DESCUENTOS EN PROGRAMAS DE BALNEARIOS, VIAJES, Y TURISMO Y OCIO EN GENERAL (gestionados por el IMSERSO).
DESCUENTOS O GRATUIDAD EN SERVICIOS DE DEPORTE Y PISCINAS MUNICIPALES (información en su ayuntamiento).
En Madrid existe un carné especial para personas con discapacidad con el que se puede acceder a centros deportivos de forma gratuita.

BECAS PARA EDUCACIÓN ESPECIAL.
DEDUCCIONES EN TEMAS LEGALES.
A la hora de llevar a cabo un proceso de separación o pedir una pensión alimenticia, el Estado nos ayuda con deducciones.

ABONO SOCIAL DE TELEFÓNICA.
Reducción en la cuota instalación y abono de la línea telefónica.

AYUDAS PARA COMPAÑÍAS ASEGURADORAS, COMO MAPFRE O ISFAS.
IMPORTANTE: se puede solicitar más información de todas estas ayudas en los Servicios Sociales de los distintos Ayuntamientos.
 


¿Dónde hemos de dirigirnos para solicitar el Certificado? 
La persona interesada en conseguir un certificado de minusvalía ha de dirigirse al centro base del IMSERSO más cercano a su domicilio o bien el que le indique el Asistente Social de la Consejería de Asuntos Sociales de su Ayuntamiento. 

La solicitud, junto con la documentación, se presentará en los Centros Base de Atención a Personas con Discapacidad, en los Centros de Servicios Sociales Municipales, en el Registro de la Consejería de Servicios Sociales o en cualquier registro oficial. 

También se puede solicitar a nuestro médico de la Seguridad Social, quien revisará los informes pertinentes, y decidirá sí el paciente tiene los requisitos necesarios para poder obtener el certificado. 

Pasos para conseguir el certificado 
Acudir a la Consejería de Asuntos Sociales del Ayuntamiento y hablar con un Trabajador Social. O acudir al Centro Base del IMSERSO que nos sea más cercano. 
Solicitar el certificado. 
Acudir a las citas que nos indiquen en el centro base donde pasaremos la revisión. 
Documentos a adjuntar: 
Informes médicos (fotocopiar también informes psicológicos y sociales si se tienen). 
Fotocopia y original del DNI de la personas solicitante y su representante legal, si lo tiene. 
Si no hay DNI, prseentar copia del Libro de Familia. 
Si el solicitante ya tiene invalidez, reconocido por la Seguridad Social, ha de adjuntar fotocopia de la Resolución de la Comisión de Evaluación de Incapacidades. 


¿Cuándo se considera que tenemos una minusvalía? 
Cuando los responsables del centro base nos reconocen un grado de minusvalía igual o superior al 33 por ciento. 

Legislación 
Pueden encontrar toda la información sobre leyes y normativas publicadas referentes al Certificado de Minusvalía a través de nuestra sección de Legislación 

Es indispensable adjuntar el Volante de Empadronamiento del solicitante para solicitar su certificado. 

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